El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha llegado a la conclusión de que la declaración de la cuarentena para luchar contra la propagación del coronavirus no puede igualarse al arresto domiciliario y no viola el derecho a la libertad, dice un resumen de ese dictamen preparado por la Corte Suprema de Rusia.

 confinamientoEl TEDH emitió tal dictamen en respuesta a la demanda de un ciudadano de Rumanía, quien señaló que la cuarentena de 52 días a que le sometieron puede igualarse a la privación de libertad y también afirmó que él no estaba infectado con coronavirus ni había contactado con personas infectadas.

Debido a la pandemia de la covid-19, en todo el territorio de Rumanía se declaró la emergencia, se prohibió a los ciudadanos abandonar sus casas, excepto en casos concretos y con la condición de presentar un documento confirmante, estableciendo multas a los infractores.

La queja de este rumano llegó a ser la primera denuncia por la que el TEDH tuvo que evaluar en qué grado el punto 5 de la Convención de los Derechos Humanos, que garantiza el derecho a la libertad y la inviolabilidad, concuerda con la declaración del confinamiento.

El TEDH dictaminó: «El grado de la intensidad de limitación de la libertad de desplazamiento del demandante no era tal que permita evaluar la cuarentena general como la privación de la libertad».

En el resumen, la Corte de Estrasburgo señala que la pandemia puede tener consecuencias muy serias tanto para la salud de la gente como para la vida de toda la sociedad, para la economía y el funcionamiento del Estado, por lo cual la situación que surgió puede caracterizarse como «un contexto excepcional e impredecible».

También aduce que la medida se extendió a todos los habitantes del Estado; el demandante podía salir de casa por alguno de los motivos justificados, especificados en la ley, no se sometió a la vigilancia por parte de las autoridades, no fue obligado a vivir en un espacio reducido ni estaba privado de todos los contactos sociales.

«Por consiguiente, las condiciones de la cuarentena no pueden calificarse como iguales al arresto domiciliario», resumió el TEDH.

noviembre 18/2021 (Sputnik) – Tomado de la Selección Temática sobre Medicina de Prensa Latina. Copyright 2019. Agencia Informativa Latinoamericana Prensa Latina S.A.

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